A- de 2014
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Fernando Gonzalez Mancilla Vs La Nacion Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
- No le corresponde determinar a priori contra quienes debe dirigirse la acción
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia suscitado entre la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Armenia y la Sala Civil, Familia, Laboral del Tribunal Superior de esa misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Corte considera que la Sala Disciplinaria precitada no debió abstenerse de asumir el conocimiento de la acción de tutela por estimarse incompetente, bajo el argumento de que lo pretendido por el accionante no era contra las autoridades demandadas, sino contra una autoridad judicial cuyo superior funcional es el Tribunal Superior igualmente mencionada.
Se decide el asunto ordenando enviar el expediente a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Armenia para que profiera la decisión de fondo que corresponda respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 11 de marzo de 2014, proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Armenia, mediante el cual se abstuvo de avocar conocimiento del asunto objeto de estudio.
- Segundo. REMITIR el expediente a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Armenia para que profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado por Fernando Gonzalez Mancilla, conforme a las previsiones del articulo 86 de la Constitucion Politica y del Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. INFORMAR de esta decision a la Sala de Decision Civil-Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, para que tenga conocimiento de sobre lo aqui resuelto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.